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Términos y condiciones completos

1. Oferta y Aceptación

a. Estos Términos y Condiciones de Venta (los “Términos y Condiciones”), junto con los términos de cualquier otro documento en el que se adjunten o incorporen estos Términos y Condiciones (colectivamente, el “Acuerdo”) se aplican e incluyen (sujeto a las disposiciones del presente documento con respecto a la inclusión) (i) cualquier cotización, propuesta u oferta de venta (“Oferta”) realizado por Prab, Inc. o una de sus afiliadas o subsidiarias (colectivamente, “Seller”) para la venta de bienes y/o servicios del Vendedor (colectivamente, el “Bienes”) y (ii) cualquier orden de compra o anexos, cronogramas, exhibiciones, diseños y dibujos relacionados (colectivamente, un “Orden de Compra”), emitido por la parte compradora que compra los Bienes o las subsidiarias y afiliadas de esa parte (colectivamente, “Comprador”). El Comprador acepta y se considerará obligado por los términos del Acuerdo cuando ocurra lo primero de lo siguiente: (A) El reconocimiento escrito del Acuerdo por parte del Comprador; (B) El Comprador realiza una orden de compra al Vendedor; (C) entrega de los Bienes por parte del Vendedor de conformidad con cualquier orden de compra o tipo de solicitud similar por parte del Comprador; (D) aceptación de los Bienes por parte del Comprador; o (E) pago de los Bienes por parte del Comprador. Todas las Ofertas están sujetas a la aprobación del Vendedor si las realiza un vendedor o agente de ventas.

b. La aceptación del Comprador está expresamente limitada a los términos del Acuerdo, y el Acuerdo rige exclusivamente la venta de Bienes por parte del Vendedor. Este Acuerdo reemplaza y excluye cualquier término y condición establecidos en cualquier orden de compra realizada por el Comprador o cualquier otro documento emitido o considerado emitido por el Comprador al Vendedor (incluidos, entre otros, los términos y condiciones generales de compra del Comprador), cada uno de los cuales se rechazan expresamente. Cualquier referencia en el Acuerdo a cualquier solicitud de cotización, solicitud de propuesta o cualquier otro documento de oferta similar realizado por el Comprador tiene únicamente el propósito de incorporar la descripción y especificaciones de los Bienes contenidos en dicho documento, pero solo en la medida en que dicha descripción y las especificaciones no entran en conflicto con la descripción y las especificaciones contenidas en el Acuerdo. Cualquier término adicional o diferente propuesto por el Comprador, ya sea en la orden de compra del Comprador o de otro modo, o cualquier intento por parte del Comprador de variar los términos del Acuerdo de cualquier manera, son expresamente rechazados por el Vendedor, no son parte del Acuerdo y no se aplican a la venta de Bienes, y no son vinculantes para el Vendedor sin la aceptación previa expresa por escrito de dichos términos por parte del representante autorizado del Vendedor.

c. Ninguno de los términos, disposiciones o condiciones del Acuerdo podrá modificarse, alterarse o agregarse excepto mediante instrumento escrito firmado por un representante debidamente autorizado del Vendedor. Cualquier cambio acordado estará sujeto a un ajuste equitativo en el precio de compra y/o el tiempo de ejecución.

2. Precio y pago

a. Precio. Los precios de los Bienes serán los acordados por el Vendedor en un escrito firmado o, si no se acuerda, el precio especificado en la Oferta o la lista de precios del Vendedor, según sea el caso. Sin perjuicio de lo anterior, los precios del Vendedor no incluyen costos de transporte, flete, manipulación, manipulación especial, entrega y seguro ni todos los impuestos federales, estatales, provinciales y locales (incluidos los impuestos sobre las ventas, el uso, el valor agregado y los impuestos especiales), evaluaciones, tarifas. , aranceles y cualquier contribución fiscal similar relacionada con los Bienes, todo lo cual será responsabilidad exclusiva del Comprador y pagadero por el Comprador además del precio del Vendedor. Los precios se basan en los costos y condiciones existentes en la fecha de la Oferta del Vendedor y están sujetos a cambios en cualquier momento en caso de un cambio en los costos del Vendedor (incluida la materia prima), la disponibilidad de piezas de los proveedores del Vendedor u otras circunstancias más allá del control razonable del Vendedor. El Vendedor también puede ajustar los precios de los Bienes en cualquier momento para reflejar los precios del Vendedor vigentes en el momento del envío al Comprador. El Comprador no tendrá derecho a acceder a los datos de costos o precios del Vendedor ni a otros libros y registros.

b. Pago. El Comprador pagará los Bienes sin compensación, recuperación o deducción de ningún tipo, en fondos estadounidenses. A menos que el Vendedor acuerde lo contrario por escrito, el pago de los Bienes vencerá y será pagadero treinta (30) días después de (i) la recepción de la factura del Vendedor por parte del Comprador o (ii) la recepción de los Bienes por parte del Comprador, lo que ocurra primero. El Comprador no tendrá derecho a ningún descuento por pago anticipado. Cuando los Bienes se envían prepagos con flete a facturar, los cargos de flete son netos y están sujetos a pago contra la presentación de la factura. Todos los montos adeudados al Vendedor pero no pagados por el Comprador en la fecha de vencimiento devengarán intereses sobre el saldo impago de los montos adeudados a una tasa equivalente al 1.5% mensual hasta que se paguen. El Comprador acepta indemnizar y eximir de responsabilidad al Vendedor de todos y cada uno de los honorarios y costos legales que puedan ser necesarios para cobrar los saldos vencidos. El Vendedor podrá compensar, deducir o recuperar cualquier monto adeudado por el Vendedor o cualquiera de sus afiliados o subsidiarias al Comprador con cualquier monto adeudado por el Comprador al Vendedor o cualquiera de sus afiliados o subsidiarias. Si las entregas de Bienes deben realizarse en cuotas, el precio de compra de cada cuota será, a opción del Vendedor, recuperable como una venta por separado. Los recursos contenidos en esta Sección 2 son acumulativos y se sumarán a cualquier otro recurso disponible para el Vendedor según la ley aplicable.

3. Entrega; Riesgo de pérdida; Los gastos de transporte.

Las fechas de entrega son sólo estimaciones y no están garantizadas por el Vendedor. La propiedad de los Bienes pasará al Comprador una vez que el Vendedor reciba el pago completo. El riesgo de pérdida de los Bienes pasará al Comprador cuando los Bienes se pongan en posesión del transportista del Comprador; siempre que, sin embargo, el Vendedor retenga una garantía real del dinero de la compra sobre los Bienes como garantía del cumplimiento del Comprador hasta que se reciba el pago total. El Comprador deberá pagar o reembolsar de inmediato al Vendedor todos los costos de transporte, flete, manipulación, manipulación especial, entrega y seguro y todos los impuestos federales, estatales, provinciales y locales (incluidos los impuestos sobre las ventas, el uso, el valor agregado y los impuestos especiales), evaluaciones y aranceles. , aranceles y cualquier otra contribución fiscal de importación similar relacionada con la venta, uso, envío, transporte o entrega de los Bienes. Todos los Bienes en posesión del Vendedor más allá de la fecha de finalización estarán sujetos a cargos de almacenamiento, de los cuales el Comprador será el único responsable.

4. Retrasos justificables.

El Vendedor no será responsable, ni se le considerará en incumplimiento, por cualquier incumplimiento o retraso en el cumplimiento o ejecución de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Acuerdo (incluida la falta de entrega de los Bienes) si dicho incumplimiento o retraso es causado por, o es el resultado de, actos más allá de Control razonable del Vendedor, incluidos incendios, inundaciones, sequías, fenómenos naturales, guerras, hostilidades, amenazas o actos terroristas, disturbios u otros disturbios civiles, huelgas, cierres patronales, retrasos u otros disturbios laborales, retrasos en el transporte, escasez de energía, falta de disponibilidad de materias primas, embargo, acción gubernamental, terremoto, explosión, emergencia nacional o regional, o por actos u omisiones del Comprador, incluido el incumplimiento por parte del Comprador de las condiciones de pago.

5. Aceptación y Devolución de Mercancías.

El Comprador inspeccionará los Bienes inmediatamente después de recibirlos. A menos que el Comprador proporcione al Vendedor una notificación por escrito indicando con especificidad cualquier defecto, no conformidad o escasez relacionada con los Bienes dentro de los diez (10) días posteriores a la recepción de los Bienes, dichos Bienes se considerarán completa y finalmente inspeccionados, verificados y aceptados por el Comprador, y cualquier El Comprador renunciará a dichos reclamos por defectos, no conformidades o faltantes. Tras la aceptación de los Bienes, el Comprador renuncia a cualquier derecho de revocar dicha aceptación por cualquier motivo, ya sea conocido o desconocido por el Comprador, en el momento de la aceptación. El Comprador estará limitado a cualquier recurso disponible específicamente previsto en el Acuerdo según la Sección 8(d) por cualquier defecto o disconformidad en los Bienes después de dicha aceptación. El Vendedor tiene un período de tiempo razonable para subsanar cualquier no conformidad. Los Bienes no se pueden devolver sin la autorización previa por escrito del Vendedor y, una vez autorizado, el Comprador puede devolver los Bienes de acuerdo con las instrucciones emitidas por el Vendedor. El incumplimiento de los procedimientos de devolución del Vendedor puede provocar la pérdida de Bienes, retrasos, servicios adicionales, cargos de reposición, denegación de garantía o rechazo de un envío. El Vendedor tiene derecho a rechazar los Productos devueltos sin la aprobación del Vendedor.

6. Cancelaciones y Cambios.

El Comprador no puede cancelar Órdenes de compra, cambiar el cronograma de los envíos programados ni ordenar la suspensión temporal de los envíos programados sin el consentimiento previo por escrito del Vendedor y en ningún caso dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de envío estimada por el Vendedor para dichos Bienes. Se pueden aceptar cancelaciones de órdenes de compra o reprogramaciones de envíos más de treinta (30) días antes de la fecha de envío estimada del Vendedor con el consentimiento previo por escrito del Vendedor y estarán sujetas a cargos de cancelación de al menos el 15% del valor de la Orden de compra, que incluye, pero no se limita a, todos los gastos (incluidas, entre otras, compras de materias primas) realizados y comprometidos para la orden de compra. El Comprador también será responsable del pago de cualquier Producto terminado, trabajo en progreso y todos los demás materiales fabricados o comprometidos para la orden de compra. Todos los cambios a las Órdenes de Compra deben ser enviados por el Comprador al Vendedor por escrito y no serán efectivos a menos y hasta que el Vendedor dé su consentimiento por escrito a los cambios. El Vendedor informará al Comprador por escrito sobre el impacto en el precio y/o el cronograma de entrega, si lo hubiera, de la solicitud de cambio. No se requerirá que el Vendedor acepte ningún cambio sin el reconocimiento por escrito del Comprador de cualquier ajuste de precio y/o cronograma de entrega, si corresponde.

7. Propiedad intelectual.

Excepto en la medida prevista en un acuerdo escrito separado entre el Comprador y el Vendedor, no se considerará que el Acuerdo transfiere, asigna o otorga licencia, y el Vendedor conservará todos los derechos, títulos e intereses sobre cualquier idea, invención, concepto o descubrimiento. , trabajo de autoría, patente, derechos de autor, marca registrada, secreto comercial, know-how, fórmula, diseño, dibujo de ingeniería, dispositivo, compilaciones de información, métodos o procesos de fabricación, herramientas u otra propiedad intelectual incorporada, utilizada o relacionada de otro modo con el Bienes (colectivamente “Información confidencial”). El Comprador mantendrá la información confidencial como confidencial y no la divulgará a terceros sin el consentimiento expreso por escrito del Vendedor. El Comprador no utilizará ninguna Información Confidencial, en su totalidad o en parte, o los Bienes, para copiar, rediseñar, aplicar ingeniería inversa, replicar o fabricar (o permitir la fabricación por sí mismo o por un tercero) de la totalidad o parte de los Bienes, productos similares a los Bienes, o productos derivados de los Bienes sin el consentimiento expreso por escrito del Vendedor.

8. Garantía

a. Garantía del vendedor. Sujeto a las limitaciones establecidas en el Acuerdo, el Vendedor garantiza al Comprador (y no a ningún tercero) que los Bienes estarán libres de defectos significativos en material y mano de obra y se ajustarán a cualquier especificación proporcionada en la Oferta u Orden de Compra (la “Garantía del vendedor”). LA GARANTÍA DEL VENDEDOR SUSTITUYE A TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS, YA SEA EXPRESAS, LEGALES O IMPLÍCITAS, QUE POR EL PRESENTE RENUNCIA Y EXCLUYE POR EL VENDEDOR, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, CUALQUIER GARANTÍA DE COMERCIABILIDAD, IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO O USO PARTICULAR, Y TODAS LAS OBLIGACIONES O RESPONSABILIDADES SOBRE LA PARTE DEL VENDEDOR POR DAÑOS QUE SURJAN DE O ESTÉN RELACIONADOS CON EL USO, REPARACIÓN O RENDIMIENTO DE LOS PRODUCTOS. La Garantía del Vendedor no se aplicará si el defecto alegado fue causado o contribuido a: (i) falla o cualquier defecto en cualquier bien en el que se instalaron los Bienes que no sea atribuible única y exclusivamente a dicho Bien; (ii) cualquier procesamiento, diseño o instalación del sistema; (iii) incumplimiento de las instrucciones, manuales o precauciones proporcionadas por el Vendedor, si las hubiera; (iv) transporte, almacenamiento o manipulación de los Bienes; (v) mal uso, mal manejo, mala aplicación (incluido el mantenimiento inadecuado), accidente, negligencia, instalación incorrecta (incluido el uso de piezas, accesorios o materias primas no autorizados), desgaste, uso anormal (incluida cualquier aplicación no especificada originalmente por el Vendedor para los bienes); o (vi) ajustes o reparaciones realizados por cualquier persona que no sea el Vendedor o uno de los agentes expresamente autorizados del Vendedor.

b. Período de garantía. A menos que el Vendedor acuerde lo contrario por escrito, la Garantía del Vendedor expirará y ya no tendrá fuerza ni efecto doce (12) meses a partir de la recepción de los Bienes por parte del Comprador (el “Período de garantía").

C. Reclamos de garantia. Sin perjuicio de cualquier otra disposición del Acuerdo, la Garantía del Vendedor es válida solo si: (i) el Comprador notifica al Vendedor, por escrito, de un supuesto reclamo o defecto dentro de los cinco (5) días hábiles a partir de la fecha en que el Comprador lo descubrió, o tras una inspección razonable. haber descubierto tal presunto reclamo o defecto; (ii) el Comprador notifica al Vendedor, por escrito, sobre un supuesto reclamo o defecto dentro del Período de Garantía para los Bienes aplicables; (iii) Se permite al Vendedor inspeccionar los Bienes supuestamente defectuosos en las instalaciones del Comprador y realizar pruebas por parte del Vendedor antes de que expire el período de garantía aplicable descrito anteriormente; y (iv) la inspección y prueba del Vendedor revelan, a satisfacción razonable del Vendedor, que la Garantía del Vendedor se aplica al defecto alegado. Si el Vendedor determina que los Bienes devueltos al Vendedor de conformidad con la Garantía del Vendedor no están cubiertos por la Garantía del Vendedor, el Comprador, dentro de los cinco (5) días posteriores a la recepción del reclamo del Vendedor, reembolsará al Vendedor los costos y gastos incurridos al inspeccionar dichos Bienes.

d. Remedio Exclusivo. EL RECURSO ÚNICO DEL COMPRADOR CONTRA EL VENDEDOR, Y LA ÚNICA OBLIGACIÓN DEL VENDEDOR POR CUALQUIER RECLAMACIÓN, YA SEA POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, GARANTÍA, AGRAVIO (INCLUYENDO NEGLIGENCIA) O DE OTRA MANERA, SE LIMITARÁ A REEMPLAZAR O REPARAR LOS BIENES CORRESPONDIENTES O, A OPCIÓN DEL VENDEDOR, AL REEMBOLSO EL PRECIO DE COMPRA PAGADO POR EL COMPRADOR AL VENDEDOR POR LOS BIENES APLICABLES. EN NINGÚN CASO EL VENDEDOR TENDRÁ NINGUNA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS POR UNA CANTIDAD QUE EXCEDA EL PRECIO DE COMPRA DE LOS BIENES APLICABLES.

9. Limitación de responsabilidad.

EN NINGÚN CASO EL VENDEDOR SERÁ RESPONSABLE, YA SEA POR CONTRATO O AGRAVIO O BAJO CUALQUIER OTRA TEORÍA LEGAL, POR CUALQUIER PÉRDIDA O DAÑO ESPECIAL, INDIRECTO, INCIDENTAL, EJEMPLAR O CONSECUENTE, INCLUYENDO, PERO NO LIMITADO A, CUALQUIER PÉRDIDA DE GANANCIAS DIRECTA O INDIRECTA O INGRESOS INDEPENDIENTEMENTE DE SI DICHA PÉRDIDA O DAÑO ERA PREVISIBLE O DE SI EL VENDEDOR FUE INFORMADO DE LA POSIBILIDAD DE DICHA PÉRDIDA O DAÑO POTENCIAL.

10. Terminación por causa justificada.

El Vendedor puede rescindir todo o parte del Acuerdo o cualquier orden de compra con causa justificada proporcionando una notificación por escrito al Comprador especificando la fecha de terminación aplicable, ante la ocurrencia de uno o más de los siguientes eventos (o un evento comparable): (un ) El Comprador incumple sustancialmente el Acuerdo, y dicho incumplimiento no se puede subsanar sin riesgo de pérdidas o daños futuros para el Vendedor, o con respecto a un incumplimiento material susceptible de dicha subsanación (que no sea el pago), el Comprador no subsana dicho incumplimiento dentro de diez ( 10) días después de recibir una notificación por escrito de dicho incumplimiento; (b) El Comprador no realiza ningún pago adeudado al Vendedor en virtud del Acuerdo en la fecha de vencimiento o antes; (c) El Comprador (i) se vuelve insolvente o no puede pagar sus deudas a su vencimiento; (ii) queda sujeto, voluntaria o involuntariamente, a cualquier procedimiento bajo cualquier ley de quiebra o insolvencia nacional o extranjera; (iii) se disuelva o liquide o tome cualquier acción corporativa para tal fin; (iv) realiza una cesión general en beneficio de los acreedores; o (v) tiene un síndico, fideicomisario, custodio o agente similar designado por orden de cualquier tribunal de jurisdicción competente para hacerse cargo o vender cualquier parte importante de su propiedad o negocio; o (d) se produce un cambio directo o indirecto en el control del Comprador sin el consentimiento previo por escrito del Vendedor. Cualquier rescisión conforme a esta Sección 10 entrará en vigor en la fecha de la notificación de rescisión por escrito del Vendedor o en la fecha posterior establecida en la notificación. Cualquier rescisión por parte del Vendedor de conformidad con esta Sección 10 no dará lugar a ninguna responsabilidad del Vendedor ni constituirá una renuncia a cualquiera de los derechos o recursos del Vendedor en virtud del Acuerdo o de otro modo previsto por la ley.

11. Indemnización.

En la medida máxima permitida por la ley, el Comprador defenderá, indemnizará y eximirá de responsabilidad al Vendedor y a sus directores, funcionarios, accionistas, miembros, empleados, abogados, agentes, representantes, matrices, afiliados y subsidiarias presentes y futuros de y contra cualquier reclamo. , costos, demandas, pérdidas, daños indirectos y directos (incluido el lucro cesante, daños incidentales, consecuentes y punitivos), responsabilidades, causas de acción, sentencias, acuerdos, laudos, multas, sanciones, evaluaciones y gastos (incluidos los costos de defensa, mediación , acuerdo y honorarios y costos razonables de abogados y otros profesionales), como sea que se describan o denominen, presentados por cualquier tercero (incluidos los empleados, subcontratistas, trabajadores, agentes y cesionarios del Comprador) que surjan o sean incidentales o resultantes de: (a) negligencia, uso, propiedad, mantenimiento, transferencia, transporte o disposición de los Bienes por parte del Comprador; (b) lesiones a personas o propiedad causadas por o resultantes de la ausencia de cualquier dispositivo de seguridad que haya sido recomendado por el Vendedor o suministrado al Comprador pero no aceptado o instalado por el Comprador; (c) lesiones a personas o propiedades causadas por o resultantes del uso de Bienes para manipular cualquier material de naturaleza peligrosa o con características peligrosas, incluidos, entre otros, materiales que son o pueden volverse inflamables, explosivos, tóxicos o radiactivos. o constituir un peligro para la salud; (d) cualquier infracción o presunta infracción de los derechos de propiedad industrial e intelectual de otros que surjan de los planes, especificaciones (incluidas las marcas comerciales y nombres comerciales del Comprador) o la producción de Bienes ordenados por el Comprador; (e) la violación o supuesta violación por parte del Comprador de cualquier ley o reglamento federal, estatal, del condado o local; (f) cualquier acto u omisión negligente o intencional del Vendedor o sus respectivos subcontratistas, agentes, empleados u otros representantes; o (g) el incumplimiento del Acuerdo por parte del Comprador.

12. Exportar.

Los Bienes pueden estar sujetos a controles y regulaciones de exportación de los EE. UU., el país de fabricación o el país de envío, y dicha exportación puede requerir una licencia de exportación válida. La aceptación por parte del Vendedor de la Orden de Compra del Comprador y la entrega de los Bienes está condicionada al cumplimiento por parte del Comprador de los controles de exportación aplicables. El Vendedor no tendrá obligación de vender o entregar ningún Bien hasta que se hayan otorgado todas las licencias de exportación requeridas de EE. UU. y/o de otro tipo y no existan otros impedimentos que surjan de las regulaciones de exportación aplicables. Ningún Bien vendido al Comprador podrá exportarse o reexportarse a menos que dicha exportación o reexportación cumpla plenamente con todas las regulaciones de exportación aplicables.

13. Publicidad/Uso de Nombres Comerciales.

Excepto en la medida en que el Vendedor haya dado su consentimiento en un escrito firmado, el Comprador no anunciará ni publicará que ha comprado Productos del Vendedor ni utilizará ninguna de las marcas comerciales o nombres comerciales del Vendedor en los materiales publicitarios o promocionales del Comprador.

14. Términos generales

a. Avisos. Todos los avisos, reclamos y otras comunicaciones al Vendedor requeridas o permitidas según el Acuerdo se realizarán por escrito y entrarán en vigor únicamente una vez que el Vendedor las reciba. El hecho de que el Comprador no proporcione cualquier aviso, reclamo u otras comunicaciones al Comprador en la forma y dentro del período de tiempo especificado en el Acuerdo constituirá una renuncia por parte del Comprador a todos y cada uno de los derechos y recursos que de otro modo habrían estado disponibles para el Comprador al realizar dicho aviso. , reclamación u otra comunicación.

b. Acuerdo completo. El Acuerdo, incluidos los anexos, anexos o suplementos adjuntos al presente, y otros asuntos incorporados al presente mediante referencia específica, constituye el acuerdo completo entre el Vendedor y el Comprador con respecto al tema del Acuerdo y reemplaza todas las discusiones orales o escritas anteriores o contemporáneas. entendimientos, representaciones y acuerdos.

C. Remedios. El Vendedor se reserva y no renuncia a ningún reclamo, derecho y recurso que pueda tener en virtud del Acuerdo, cualquier otro acuerdo entre el Comprador y el Vendedor y la ley aplicable, incluido el derecho a recuperar del Comprador todos y cada uno de los daños (incluidos los daños incidentales y consecuentes). , costos o gastos (incluidos honorarios de abogados u otros profesionales y mano de obra, materiales y costos y gastos generales prorrateables) incurridos por el Vendedor debido al incumplimiento del Acuerdo por parte del Comprador (incluida cualquier cancelación por parte del Comprador del Acuerdo o cualquier orden de compra realizada por Comprador de conformidad con el Acuerdo).

d. Asignación. El Comprador no podrá ceder el Acuerdo ni ceder o delegar derechos u obligaciones en virtud del Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito del Vendedor. Cualquier supuesta cesión que viole esta sección será nula y sin valor y sin fuerza ni efecto.

mi. Ley que rige; Evento. Este Acuerdo, y todos los documentos y asuntos relacionados que surjan del Acuerdo o se relacionen con él, se regirán y se interpretarán de acuerdo con las leyes del Estado de Michigan, sin tener en cuenta ningún conflicto de disposiciones legales. Se excluye expresamente de la aplicación a esta orden de compra la Convención de las Naciones Unidas sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. El Vendedor y el Comprador acuerdan irrevocable e incondicionalmente que el único y exclusivo foro y lugar para cualquier acción o procedimiento legal o equitativo que surja de o en conexión con el Acuerdo será el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Oeste de Michigan, los tribunales en el estado de Michigan con sede en el condado de Kalamazoo, y cualquier tribunal de apelaciones con jurisdicción sobre dichos tribunales. Por el presente, cada parte se somete irrevocable e incondicionalmente a la jurisdicción exclusiva de dichos tribunales y el Comprador acepta no entablar ninguna acción, litigio o procedimiento en ningún otro tribunal.

F. Relación de Partes. El Vendedor y el Comprador son partes contratantes independientes y nada en el Acuerdo convertirá a cualquiera de las partes en agente o representante legal de la otra para ningún propósito, ni otorga a ninguna de las partes ninguna autoridad para asumir o crear ninguna obligación en nombre o en nombre de del otro.

gramo. Ningún tercero beneficiario. Salvo que se disponga lo contrario, el Comprador reconoce y acepta que los derechos e intereses de las partes en virtud del Acuerdo están destinados a beneficiar únicamente al Vendedor y al Comprador.

h. Interpretación. Para los fines del Acuerdo: (i) siempre que se utilice la palabra "incluido" (o cualquier variación de la misma), se considerará que va seguida de las palabras "sin limitación"; (ii) la palabra “o” no es excluyente; (iii) los títulos de las secciones son solo para conveniencia o referencia y no afectan el significado del Acuerdo; y (iv) cualquier acuerdo, instrumento, estatuto, ley, reglamento o regla definido o mencionado en el presente se considerará que significa dicho acuerdo, instrumento, estatuto, ley, reglamento o regla según sea enmendado, modificado o complementado de vez en cuando, y incluye, en el caso de acuerdos e instrumentos, referencias a todos los anexos a los mismos e instrumentos incorporados en ellos. Ninguna disposición del Acuerdo podrá interpretarse en contra del Vendedor como parte redactora.

i. Supervivencia. En la medida en que cualquier disposición del Acuerdo esté destinada a seguir siendo válida después de que el Acuerdo haya terminado, haya expirado o haya finalizado de otro modo, dichas disposiciones seguirán siendo válidas incluso después de la terminación.

j. CONSULTA CON ASESOR. EL COMPRADOR Y EL VENDEDOR RECONOCEN QUE SE LE HA DADO LA OPORTUNIDAD DE CONSULTAR CON UN ABOGADO DE SU ELECCIÓN ANTES DE CELEBRAR ESTE ACUERDO Y LO HACE SIN COACCIÓN, INTIMIDACIÓN O COERCIÓN Y SIN DEPENDIR EN NINGUNA DECLARACIÓN, GARANTÍA O COMPROMISO DISTINTOS A DICHAS DECLARACIONES, GARANTÍAS O COMPROMISOS ESTABLECIDOS EN ESTE ACUERDO.

k. RENUNCIA AL JUICIO POR JURADO. EL COMPRADOR Y EL VENDEDOR RECONOCEN QUE EL DERECHO A JUICIO POR JURADO ES CONSTITUCIONAL, PERO QUE PUEDE RENUNCIARSE. CADA UNO DEL COMPRADOR Y DEL VENDEDOR, DESPUÉS DE CONSULTAR (O TENER LA OPORTUNIDAD DE CONSULTAR) CON UN ABOGADO DE SU ELECCIÓN, RENUNCIA A CONSCIENTE, VOLUNTARIA E INTENCIONALMENTE A CUALQUIER DERECHO A JUICIO POR JURADO EN CUALQUIER ACCIÓN U OTRO PROCEDIMIENTO LEGAL QUE SURJA DE O RELACIONADO CON ESTE ACUERDO O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO RELACIONADO CON ESTE ACUERDO.